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20 - 08 - 20, Castellón

La Justicia ratifica las medidas adicionales adoptadas por Sanidad como consecuencia de la evolución de la pandemia de COVID-19 en la Comunitat Valenciana

La Justicia ratifica las medidas adicionales adoptadas por Sanidad como consecuencia de la evolución de la pandemia de COVID-19 en la Comunitat Valenciana
La decisión judicial estima que las medidas persiguen "un fin constitucionalmente legítimo" como es "la defensa de la salud pública, la integridad física y la salud de la población en general"

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 10 de València ha ratificado las medidas adoptadas por la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública en su resolución de 17 de agosto, por la que se acordaban medidas adicionales para toda la Comunitat Valenciana durante 21 días naturales, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria por la COVID-19.

En el auto se especifica textualmente que "las medidas cuya ratificación se solicita por la Conselleria de Sanidad persiguen un fin constitucionalmente legítimo; que su adopción se encuentra amparada por una norma con rango legal; y que existe proporcionalidad de la medida de manera que es idónea y necesaria a los fines constitucionalmente legítimos que se pretenden. En efecto, visto el alto nivel de contagios existente, en los términos señalados en los informes que obran acompañados a la solicitud que ha dado lugar a la formación de las presentes actuaciones, así como el incremento de aquellos y la consabida rapidez de la propagación por el contagio que de por sí tiene la enfermedad del coronavirus se considera prudente ratificar las medidas preventivas acordadas por la autoridad sanitaria con suficiente amparo legal y dirigidas a un fin constitucionalmente legítimo, que es la defensa de la salud pública, la integridad física y la salud de la población en general".

El auto añade el respeto al principio de proporcionalidad "que resulta de la doctrina del Tribunal Constitucional, siendo adecuadas al objeto pretendido y no constando la posibilidad de unas medidas menos gravosas o lesivas para la consecución del objetivo propuesto".

Fuente: Generalitat Valenciana

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