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28 - 05 - 25, Castellón

Preacuerdo sobre el que será el VIII Convenio Colectivo para la Industria de Fabricación de Azulejos y Baldosas Cerámicas de la Comunidad Valenciana

Sobre las 20 horas del día de hoy, ASCER y las organizaciones sindicales CCOO del Hábitat PV y FICA UGT PV han alcanzado un preacuerdo sobre el que será el VIII Convenio Colectivo para la Industria de Fabricación de Azulejos y Baldosas Cerámicas de la Comunidad Valenciana.
Sobre las 20 horas del día de hoy, ASCER y las organizaciones sindicales CCOO del Hábitat PV y FICA UGT PV han alcanzado un preacuerdo sobre el que será el VIII Convenio Colectivo para la Industria de Fabricación de Azulejos y Baldosas Cerámicas de la Comunidad Valenciana.

El preacuerdo ha sido alcanzado tras meses de difíciles negociaciones desarrolladas en un momento de grave incertidumbre para las empresas, especialmente por la irrupción del proyecto de ley para la reducción de la jornada laboral, además de un contexto político-comercial muy amenazador. Pese a ello, desde la representación empresarial se ha realizado un importante esfuerzo que permitirá mejorar el poder adquisitivo de las personas empleadas en el sector.

Los términos del preacuerdo son:

- Vigencia:
De 1 de enero a 31 de diciembre de 2025.

- Incremento salarial:
Siguiendo las directrices del V Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva (AENC), para la determinación de los incrementos salariales, las partes han acordado:
Un incremento del 3%, aplicable sobre los conceptos recogidos en las tablas del convenio colectivo, con efectos retroactivos a 1 de enero de 2025.
Finalizado 2025, si el IPC interanual de diciembre de 2025 fuera superior a 3 %, se aplicará un incremento adicional máximo del 1 %, con efecto de 1 de enero de 2026.

- Medidas LGTBI
Se introducen en el convenio las medidas planificadas que se recogen en los anexos del Real Decreto 1026/2024, de 8 de octubre, por el que se desarrolla el conjunto planificado de las medidas para la igualdad y no discriminación de las personas LGTBI en las empresas, de aplicación obligatoria para las empresas de más de 50 trabajadores.

- Licencias y permisos
Se establece que en los permisos por fallecimiento de familiares y por hospitalización, el inicio del disfrute del permiso se producirá en el siguiente primer día laborable según el calendario de cada persona trabajadora, incorporando así la reciente y uniforme jurisprudencia en esta materia.

Adicionalmente, en el supuesto previsto para el permiso por hospitalización, los días de permiso podrán disfrutarse, a elección de la persona trabajadora, de forma continua o discontinua. En este último caso deberá preavisar a la empresa con una antelación mínima de 24 horas.

- Negociaciones próximo convenio
Las partes han querido hacer constar que su voluntad inicial era la de acordar un convenio de más de un año de vigencia, y en ese sentido se comprometen a iniciar las negociaciones del que será el Noveno Convenio Colectivo para la Industria de Azulejos, Pavimentos y Baldosas Cerámicas de la Comunidad Valenciana, durante el próximo mes de octubre de 2025, con la vocación de alcanzar un acuerdo con vigencia plurianual, garantizando la paz social hasta el 31 de diciembre de 2025.

- Convocatorias de manifestación y huelga
Por la representación social, en atención al preacuerdo alcanzado, se ha suspendido desde este mismo momento la celebración de la manifestación prevista para el próximo 30 de mayo, así como la convocatoria de la huelga prevista para los días 4, 5 y 6 de junio hasta tanto se proceda a la aprobación y firma, en su caso, del convenio, en cuya acta se resolverá sobre su desconvocatoria definitiva. Igualmente, desistirán de la solicitud de mediación que tenían presentada ante el Tribunal de Arbitraje Laboral de la CV, y cuyo acto estaba señalado para el jueves, 30 de mayo.

Fuente: Comunicación ASCER

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